Requisitos para pedir a mi esposo soy ciudadana americana

La ciudadanía americana trae consigo múltiples beneficios, entre los que se encuentran pedir al cónyuge y proporcionarle en un principio la residencia. Posteriormente, puede optar a la ciudadanía o nacionalidad. Sin embargo, existen diversas dudas sobre el tiempo que transcurre durante la tramitación o los requisitos para pedir a tu esposo si eres ciudadana americana. A continuación, apunta lo relacionado con estos aspectos y determina las acciones a seguir.

Índice

¿Cómo pedir a mi esposo si soy ciudadana americana?

Cada año son muchas las parejas que se separan para que conseguir un mejor futuro en el país norteamericano. Al contar con la residencia y la nacionalidad es posible reencontrarse con el esposo ya que los familiares directos son prioridad al tener que recibir visas de inmigrante. Sin embargo, el único factor a tomar en cuenta es que el peticionario posea la nacionalidad americana o sea residente legal.

Para iniciar el trámite es importante cumplir con el siguiente procedimiento:

Realizar la petición

Indistintamente de su estado legal en el país americano, sea ciudadano por naturalización o por nacimiento e incluso residente legal, lo primero que debe hacer para reclamar a su esposo es: La petición. Para ello, es indispensable completar el Formulario I-130 que puedes encontrar en https://www.uscis.gov/es/formularios/i-130. Si el marido se encuentra dentro de los EE. UU esta planilla debe complementarse con una Postulación para un familiar extranjero, Acuerdo de estatus y Formulario i-485.

Esta planilla debe ir acompañada de la siguiente documentación para complementar la petición:

  • Un duplicado del acuerdo de casamiento por el civil.
  • Duplicado de todos los documentos que certifiquen que el matrimonio anterior, en caso de que corresponda, ha sido terminado. Estos pueden ser: Carta de divorcio, anulación o acta de defunción.
  • Fotografías tipo carnet, fondo crudo y blanco, donde se les deje ver claramente el rostro de ambos cónyuges.
  • Evidencia reglamentaria y legal de algunas modificaciones, por ejemplo en el nombre, para lo que puede servir comprobante de adopción, constancias de divorcios, acta de matrimonios, entre otros.
  • Demostrar la situación legal de quien hace la petición por medio de: Copia del pasaporte estadounidense, constancia de nacimiento, certificación de la ciudadanía o comprobante de naturalización.
  • Constancia de pago por realizar la solicitud.
  • Para poder hacer el reclamo del esposo, es necesario contar con 18 años de edad. Además, los Estados Unidos deben ser el domicilio principal ya que debe mostrar una manifestación jurada que compruebe esta condición.

Una vez completado el llenado de la petición es preciso llevar los recaudos a una oficina de la Circunscripción de Migración de los Estados Unidos. Si se reside fuera del territorio americano, acudir a la oficina internacional de USCIS o en la delegación consular de su país. Recuerda llenar completamente el formulario y firmarlo, de lo contrario será devuelto o rechazado.

Pagos

Luego de introducir la petitoria y esperar que la dependencia de inmigración la aprueben, esta se remite al centro de visas donde se le establecerá un número de proceso y se le dará instrucciones al demandante de los siguientes pasos. De forma inmediata se le requerirá que llene el formulario DS 261, así como los comprobantes de pago por los diferentes servicios. Entre estos pagos se pueden encontrar:

  • Petición del esposo o inmigrante extranjero.
  • Procesamiento de la visa de inmigrante o forma DS 260.
  • Costos por examen médico o vacunas.
  • Traducciones, copias, documentos necesarios para tramitar la visa, entre otros gastos.

El solicitante recibirá la información necesaria para realizar los pagos en función del trámite que corresponda.

Solicitud de la visa

Una vez cumplido con las cancelaciones y pagos, es necesario seguir las condiciones y requisitos para la petición de la visa. En primer lugar, se debe reunir los requisitos para la solicitud de la visa, entre los cuales se pueden mencionar:

  • Declaración certificada de patrocinio económico: Esta debe ser suministrada por el peticionario y demostrar que puede cubrir los gastos de su esposo y vivir con él en el futuro.
  • Pasaporte del esposo con una vigencia superior a los 60 días en más allá de la validez de la visa.
  • Forma DS 260. Puedes encontrar información aquí.
  • Dos fotografías a color, tomada en los últimos seis meses, fondo blanco, de frente a la cámara, que se pueda observar bien el rostro, sin lentes, sombreros o gorras. El tamaño 2 x 2 pulgadas e imprimida en papel de calidad.
  • Documentaciones oficiales entre los que se encuentran: Copias certificadas y simples de las constancias de nacimiento, copia de los expedientes si estuvo alguna vez en prisión, copia certificada y simple del comprobante de matrimonio, original y copia del certificado de divorcio si estuvo casado anteriormente, comprobante de defunción si fue viudo, expediente militar del cónyuge que se está reclamando.
  • Copia de la constancia de buena conducta. Recuerde que todos los papeles deben ser originales o copias legalizadas. En casos de estar en otro idioma, la traducción al inglés por un organismo gubernamental.
  • Constancia de examen médico elaborado por un doctor autorizado en el organismo de migración. Este examen incluye una revisión general de ojos, oídos, pulmones, extremidades, corazón, piel, genitales, entre otros. Debe llevar registro de inmunizaciones, radiografías y análisis de sangre. El informe suministrado debe ser llevado el día de la entrevista.

Los solicitantes cuyo esposo se encuentra dentro del territorio americano pueden realizar la gestión en las oficinas de inmigración. Para quienes se encuentran fuera del país, de la misma forma la embajada le suministrará la información e instrucciones necesarias para proseguir con el proceso.

Entrevista

Cuando el organismo público de visas establece que todo está en orden y completo, programan una audiencia. Posteriormente, se envía el recurso a la delegación, consulado u oficina donde este será interrogado para la visa. La notificación será recibida por correspondencia o emails, ya sea por la persona o por el abogado, en caso de que corresponda. Adjunto también, irán la información sobre lo necesario, día y hora del encuentro.

Para el gran día el interesado debe llevar consigo los requerimientos que aun no hayan sido entregados, así como los pasaportes vigentes. Ese día se realiza una inspección de las huellas y se reintegran al individuo los instrumentos originales.

¿Qué hacer si la petición de visa fue negada?

Pues bien, si tu petición de visa fue negada, puedes apelar. En aquellos casos donde la postulación de visa fue denegada, la comunicación donde se informa la privación del proceso, señala las instrucciones para el proceso de apelación. Si se presenta el caso de ser inelegible por situaciones como tráfico de drogas o falsificación de documentos, el  oficial suministrará las alternativas disponibles y como se realiza el proceso de exención.

¿Qué hacer si la residencia otorgada es temporal?

Es muy probable que si el matrimonio lleva menos de dos años desde su realización, al cónyuge se le otorgue una residencia o estatus temporal o condicional. Estas consideraciones requieren de una derogación de las condiciones, que puede ser solicitada en los tres meses previos al vencimiento del permiso. Para ello, es necesario que ambos introduzcan el Formulario I-751 para inhabilitar las condiciones. Puedes saber más ingresando a https://www.uscis.gov/es/formularios/i-751.

Para complementar la solicitud, las exigencias que deben acompañar esta planilla son:

  • Fotocopia de ambos lados de la Green Card condicional.
  • Dos tarjetas completas de huellas dactilares.
  • Fotos tipo pasaporte.
  • Demostración documental de que el casamiento fue realizado de manera legitima. Pueden ser: Comprobante de nacimiento de los hijos, registros financieros que indiquen los bienes adquiridos en común, testimonio y afirmación jurada de personas que los conozcan y presencien su relación, entre otros.
  • Constancia de desembolso por solicitud del servicio que ronda entre los $600. Además, un importe de $85 por servicios biométricos para la remoción de la limitación.
  • La solicitud deben hacerlo ambos cónyuges. De no realizar la tramitación durante los 90 días previos al vencimiento, el esposo con residencia transitoria puede ser desalojado de los Estados Unidos.

Recuerda, además completar el formulario correctamente para evitar que se retrase el procedimiento. Una vez introducido recibirás una carta donde se confirma la aplicación. Posteriormente, recibirás la notificación de la convocatoria para los datos biométricos y descartar antecedentes penales. Luego si faltan las pruebas de una boda de buena fe es necesario acudir a una audiencia, de lo contrario recibirás la Green Card por diez años de vigencia.

¿Es posible que mi esposo pueda estar en los Estados Unidos durante el trámite de visa?

Si, es posible. En casos de que el interesado sea un ciudadano americano y haya presentado el formulario I- 30, su esposo es candidato para optar a una visa K-3. Este tipo de visado fue diseñado para que las parejas pudieran reunirse de nuevo en familia mientras se gestiona la residencia o se espera la decisión del formulario I- 130. Con este permiso el esposo puede vivir y trabajar en el territorio americano.

¿Cómo solicitar la visa K-3?

Para obtener este beneficio es necesario estar casado con un ciudadano americano y ser reclamado con por medio del formulario I-130. Sin embargo, es necesario realizar los siguientes pasos:

Realizar las peticiones

Para realizar la petición el cónyuge americano debe introducir la solicitud de la forma I-130. Una vez notificada la aceptación por el organismo competente de ciudadanía, se debe presentar el formulario i-129. Ambas peticiones se remiten al centro nacional de visas. Si la I-130 es ratificada al mismo tiempo que la I-129F, esta ultima pierde vigencia. De lo contrario, se procede con la solicitud de la visa K-3.

Solicitud de la visa K-3

Si el formulario I-129F es aprobado antes del I-130, el centro de inmigración enviará la petición a la embajada del país donde se realizo el matrimonio. Si fue en territorio americano se remite al consulado que emite las visas para la ciudadanía del cónyuge. El organismo público para estos trámites  se encargará de proporcionar las especificaciones e información para la entrevista.

Documentos para la entrevista de la visa K-3

Luego de la solicitud, se le informará el momento de la entrevista. En la audiencia, es preciso llevar los requisitos para la visa K-3:

  • Descargar y completar correctamente el formulario DS-160.
  • Pasaporte en vigencia superior a los seis meses.
  • Documentos varios: Constancia de nacimiento, certificación de boda, carta de fallecimiento o disolución en casos de haber estado casado antes, carta de conducta emitida por el órgano oficial del país.
  • Examen clínico realizado por un doctor autorizado en el consulado.
  • Fotos en fondo blanco a color donde se puede distinguir claramente el rostro.
  • Recibo de pago de los costes estipulados por inmigración.
  • Instrumento que indique el patrocinio económico junto con la manifestación jurada.
  • Es preciso demostrar que la pareja no será una carga para el gobierno americano.

Cabe destacar que, el oficial pudiera exigir otros documentos o información adicional para comprobar la autenticidad del matrimonio. Además, todos aquellos documentos en idiomas extranjeros deben ser traducidos al inglés. También, las copias deben ser certificadas u originales, estas se devolverán al final del trámite.

Recepción de la visa K-3

Posterior a la entrevista el oficial le entregará el pasaporte con el visado. También, un paquete sellado con los instrumentos provistos y otros elaborados para ser entregados a su entrada en los Estados Unidos. Por nada abra el sobre, eso es de uso exclusivo de los oficiales de migración. Con esta visa puedes estar en el país durante dos años, tiempo suficiente para conseguir la residencia.

Es importante mencionar que cualquiera de los trámites descritos puede ser negados si se comprueba un matrimonio fraudulento. También, en casos de divorcios durante la gestión, falta de seguridad económica, si ha habido alguna deportación o permanencia ilegal prolongada dentro del país.

En resumen, cumplir con los requisitos que debes solicitar a tu esposo si eres ciudadana americana puede resultar complicado y complejo. Por tal razón, se recomienda contratar un servicio de asesoría para garantizar la efectividad del proceso. Los beneficios innumerables, en primer lugar la reunión de la familia y la posibilidad de reclamar los hijos en caso de que exista.

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5 comentarios en «Requisitos para pedir a mi esposo soy ciudadana americana»

  1. Si una ciudadana americana está en trámites de reclamación pRa su esposo en cuba está embarazada del esposo tiene alguna prioridad a la hora de los trámites sean más rrapidos

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  2. Mi hermano está en Colombia aunque es venezolano pero con resistencia en Colombia y su esposo es Estados Unidos ella quiere pedirlo es fácil el proceso

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  3. mi esposo ciudadano americano me pidió en el 1014 y nomás e recibido que mi apricasion fue asesorada tengo que esperar mucho tiempo mas gracias

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